PERITOS NAVALES EN TODA ESPAÑA
Perito Naval para Embarcaciones y Buques
Un perito naval inspecciona su barco, averigua el origen de una avería, un incendio o un choque y cuantifica los daños en un informe útil ante la aseguradora, el astillero o el vendedor, y también en un juicio. Explíquenos el problema y compare, sin compromiso, hasta 3 presupuestos de peritos navales.
¿Qué hace un perito naval?
El perito naval es un técnico en ingeniería naval que estudia embarcaciones y buques para explicar qué les ha ocurrido, por qué y cuánto cuesta repararlos. Inspecciona el casco, el motor y las instalaciones de a bordo, comprueba si el mantenimiento o la última reparación se hicieron bien y, si hace falta, calcula cuánto vale la embarcación.
Quien reclama suele tener que demostrar los hechos técnicos. Después de un abordaje, por ejemplo, debe probar la culpa del otro barco y que el choque causó los daños (artículo 340 de la Ley de Navegación Marítima). Y frente a la aseguradora, normalmente es usted quien acredita el daño y su alcance.
Buscamos peritos para barcos de recreo, como veleros, lanchas, yates o motos náuticas, y también para pesqueros, embarcaciones de trabajo y buques mercantes.
Perito naval judicial: de parte, del juzgado o de la aseguradora
- Perito de parte. Trabaja por encargo suyo o de su abogado. Si hay pleito civil, el informe suele acompañar a la demanda o a su contestación (artículos 336 y 337 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
- Perito del juzgado. Lo nombra el tribunal, normalmente porque una parte lo solicita, a partir de los listados anuales de los colegios profesionales (artículos 339 y 341).
- Perito o comisario de averías de la aseguradora. Lo envía la compañía para estudiar el siniestro y proponer cuánto debe pagarse.
En tuPerito solo le proponemos peritos navales de parte, que trabajan para usted.

Cuándo recurrir a un perito naval
Un informe técnico resulta útil, por ejemplo, en estos casos. Si el siniestro afecta también a su casa o a su negocio, le conviene además un perito de seguros.
Tipos de peritaje naval

Cómo se hace un peritaje naval
- Encargo. El perito concreta, junto a usted o a su abogado, qué debe aclarar el informe, y reúne la póliza, las facturas, las fotos y los partes.
- Inspección. Examina la embarcación a flote y, si hace falta, fuera del agua. En los cascos de fibra puede valorar las ampollas de ósmosis y medir la humedad del laminado.
- Pruebas. Según el caso, hará una prueba de mar, desmontará el motor, pedirá análisis de laboratorio o consultará los datos meteorológicos y del plotter.
- Informe pericial. Explica la causa del daño, su alcance y lo que cuesta repararlo, o lo que vale el barco, con fotografías y en un lenguaje que entienda quien nunca ha navegado.
- Vista. Si se pide su presencia y el tribunal la acepta (artículo 347 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), aclara su método y contesta a las preguntas y reparos que se le planteen.
Importante: avise al seguro y no repare todavía
Avise del siniestro a su compañía de seguros en los siete días siguientes a conocerlo, salvo que su póliza le conceda más tiempo, y tome medidas razonables para que el daño no vaya a más. Fotografíe los daños y, si puede, no repare ni desmonte nada hasta que lo vea el perito. Conserve las piezas que se sustituyan.
Cómo elegir un perito naval
Al comparar las propuestas, fíjese en:
- Titulación: ingeniero naval y oceánico o ingeniero técnico naval, dos profesiones reguladas.
- Embarcaciones parecidas a la suya: no es lo mismo un velero de fibra que una lancha con motores intraborda o un pesquero de acero.
- Independencia: que no haya trabajado en el mismo asunto para la aseguradora, el astillero o el vendedor.
- Desplazamiento: que pueda ir al puerto o al varadero donde está el barco.
- Experiencia en juicios y seguro de responsabilidad civil profesional.
- Presupuesto y plazo por escrito, indicando si incluye la inspección en seco, las pruebas y la asistencia al juicio.

¿Cuánto cuesta un perito naval?
El precio varía con la embarcación y con lo que haya que averiguar: revisar un golpe en una lancha requiere menos trabajo que investigar el incendio de un yate. Influyen la eslora y el tipo de barco, si hay que sacarlo del agua o abrir el motor, las pruebas de laboratorio, el desplazamiento, la urgencia y la asistencia a la vista.
Por eso no hay una tarifa fija. Explíquenos su caso y recibirá hasta 3 presupuestos de peritos navales para compararlos. Pedirlos es gratis y no le obliga a nada.
Por qué buscar su perito naval en tuPerito
Explíquenos qué le ha pasado a su barco y compare hasta 3 presupuestos.
Cuéntenos su caso
Indíquenos el tipo de embarcación, lo ocurrido y el puerto o varadero donde se encuentra. Un consultor pericial buscará peritos navales que puedan desplazarse hasta allí.
Dudas frecuentes sobre el perito naval
Fotografíe los daños de los dos barcos, anote los datos del otro patrón y de su seguro, y avise a su aseguradora. La ley obliga a los implicados a facilitarse la inspección de los daños (artículo 344 de la Ley de Navegación Marítima), así que su perito podrá ver también el otro barco. Si hubo culpa de ambos, cada uno responde en proporción a la suya (artículo 341). En la náutica de recreo responde el titular o propietario del barco culpable, y usted puede reclamar directamente a la aseguradora de este (artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro).
No. El seguro obligatorio de responsabilidad civil de las embarcaciones de recreo a motor, motos náuticas incluidas, y de las que miden más de seis metros sin motor cubre lo que su barco cause a terceros, no lo que sufra él mismo (artículos 2 y 7 del Real Decreto 607/1999). Para cobrar su reparación necesita una póliza de daños que cubra lo ocurrido, o reclamar al responsable si el daño lo causó otro.
Sí. Las pólizas suelen excluir el desgaste, el uso natural y el vicio propio, y la Ley de Navegación Marítima hace lo mismo en el seguro marítimo (artículo 420). El perito naval estudia si la avería viene de ahí o de un hecho cubierto, como un golpe, una vía de agua o un temporal. Si solo discrepan en la cantidad, la compañía debe abonarle lo que ella misma reconoce, sin que eso le impida reclamar la diferencia. No lo deje pasar: las acciones contra su aseguradora prescriben, por lo general, a los dos años.
Muy poco: actúe enseguida. La Ley de Navegación Marítima, que extiende estas reglas a las embarcaciones (artículo 121), hace responder al vendedor de los vicios ocultos que aparezcan en los tres meses siguientes a la entrega, siempre que se los notifique de forma fehaciente dentro de los cinco días posteriores a descubrirlos. Desde esa notificación dispone de seis meses para demandar (artículos 119 y 120). Si compró como consumidor a un profesional, puede optar por la garantía de consumo, pero no sumar las dos vías (disposición adicional cuarta). El informe pericial acredita que el defecto ya existía y no se veía.
Un informe pericial comprobará si el trabajo se ajustó a lo pactado y si la nueva avería viene de esa intervención. En las reparaciones y reformas de cierta entidad, y salvo pacto distinto, el astillero debe subsanar los defectos que no pudieron apreciarse al entregar el barco si se le comunican en el año siguiente (artículos 108, 113 y 116 de la Ley de Navegación Marítima).



