Cómo dar con un perito judicial en Madrid
La Comunidad de Madrid es una sola provincia con 21 partidos judiciales y 179 municipios. Según el mapa judicial del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, actualizado en abril de 2026, la región cuenta con 784 unidades judiciales. Con ese volumen, encontrar a un especialista en su materia que además pueda cumplir el plazo del juzgado puede llevar días.
De esa búsqueda nos ocupamos en tuPerito. Nuestro consultor pericial analiza el asunto, contacta con peritos de la materia y le envía hasta 3 propuestas. La decisión final es suya.
Desde enero de 2026, los juzgados de la región funcionan como secciones de 21 Tribunales de Instancia, uno por partido judicial. En Madrid capital, la sección de Instrucción está en el complejo de plaza de Castilla, 1, y la Civil se reparte entre la calle Poeta Joan Maragall, 66, y la calle Rosario Pino, 5. La sección de lo Mercantil, en la Gran Vía, 52, lleva los asuntos de toda la Comunidad.
La Audiencia Provincial reúne sus secciones civiles en el número 100 de la calle Santiago de Compostela y las penales en el 96. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid tiene su sede en la calle General Castaños, 1, y el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en Valdebebas (calle Julio Cano Lasso, 4).

Qué perito puede necesitar en Madrid

Para quién trabajamos
Despachos de abogados
Si un procedimiento necesita prueba pericial, díganos de qué trata, ante qué órgano se sigue y qué plazo tiene. Nosotros localizamos a los peritos y usted dedica ese tiempo al resto del asunto.
Empresas
Un proveedor que no cumple, una aseguradora que no paga, un conflicto con la plantilla, una brecha de seguridad informática o una avería en la maquinaria. También revisiones contables con un auditor de cuentas.
Particulares
Un reparto de herencia, una ruptura de pareja, un accidente laboral, una obra mal hecha en casa o un parte que la compañía rechaza, para el que puede necesitar un perito de seguros. Si no tiene claro qué especialista le hace falta, se lo indicamos.
Cuéntenos el asunto y compare hasta 3 presupuestos.
Pida presupuesto a peritos de Madrid
En el formulario, cuéntenos qué ha ocurrido, si ya hay un procedimiento en marcha y la localidad del juzgado o del inmueble afectado. Con esos datos, un consultor pericial estudiará el encargo y se pondrá en contacto con usted.
Preguntas habituales al buscar perito en Madrid
Cada año, los colegios profesionales o, si no los hay, otras entidades del sector remiten al Tribunal Superior de Justicia de Madrid la relación de profesionales dispuestos a actuar como peritos (artículo 341 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Un sorteo anual fija la letra por la que empiezan las listas y, a partir de ahí, cada juzgado obtiene el nombre que le toca a través de la aplicación DPER. Ese es el perito designado por el juez. Si quiere elegirlo usted, la vía es encargar un dictamen de parte. Es el trabajo que hacen los profesionales con los que le pone en contacto tuPerito.
En principio, no. Si el juez admite la prueba pericial que usted propone, la realiza el personal técnico de los juzgados o de la Comunidad de Madrid. Cuando no hay técnicos de esa materia, el juez puede encargarla a un perito privado, y sus honorarios los paga la Comunidad a través de la consejería competente en justicia (Decreto 35/2025). La Ley 1/1996 obliga a pagar más adelante en algunos supuestos, por ejemplo si le condenan en costas y su situación económica mejora en los tres años siguientes. Un perito de parte que usted elija queda fuera de este derecho, así que sus honorarios corren a su cargo.
No hay una tarifa única. Influyen la materia, las horas de estudio, las visitas, ensayos o desplazamientos que haga falta realizar, la urgencia y si el perito tendrá que ratificar el informe en el juicio. Por eso conviene comparar: a través de tuPerito puede reunir hasta 3 presupuestos para el mismo encargo y elegir sin compromiso.
En un pleito civil, la norma general es presentar el dictamen de parte junto con la demanda o la contestación (artículo 336 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Si no ha podido obtenerlo a tiempo, debe justificarlo y anunciarlo en ese mismo escrito, y aportarlo en cuanto lo tenga: como tarde, cinco días antes de la audiencia previa en el juicio ordinario o dentro de los treinta días siguientes a la demanda o la contestación en el juicio verbal (artículo 337). El tribunal puede ampliar ese plazo si hay causa justificada. En el proceso penal y en el laboral los tiempos son otros, así que conviene buscar perito pronto.
Sí. Su asunto puede estar en cualquiera de los 21 partidos judiciales de la región, de Alcalá de Henares a Collado Villalba o de Alcobendas a Aranjuez. También localizamos peritos para casos ante los tribunales con sede en Madrid y competencia en toda España, como el Tribunal Supremo o la Audiencia Nacional.



